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Declaración responsable de Obra

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Declaración responsable de Obra

Se consideran obras sujetas en declaración responsable las reguladas en el artículo 233 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consejo de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo.

A todos los efectos y de forma no exhaustiva, estarán sujetas a declaración responsable las siguientes obras:

  • Las obras de modificación o reforma que afectan la estructura, sin suponer sustitución o reposición de elementos estructurales principales, o al aspecto exterior e interior de las construcciones (sin modificación del uso), los edificios y las instalaciones, que no estén sujetas a licencia.
  • Las obras de mera reforma que no supongo alteración estructural del edificio, ni afectan elementos catalogados o en trámite de catalogación, así como las de mantenimiento de la edificación que no requieran colocación de andamiaje en vía pública.
  • Las actuaciones de intervención sobre edificios, inmuebles y ámbitos patrimonialmente protegidos o catalogados, carecidos de trascendencia patrimonial para tratarse de obras interiores de los inmuebles que no afectan su percepción exterior y aquellas que se limitan a la conservación, reposición y mantenimiento de elementos preexistentes, sean reversibles y no comportan alteración de la situación anterior.

FORMAS DE PRESENTACIÓN

Personas físicas: pueden elegir entre presentación telemática o presencial:

  • Telemáticamente
    • Pulsando el botón “Nueva instancia” situado al final de esta página, para iniciar el trámite.
  • Presencial
    • En el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Emperador, situado en la Plaza del Ayuntamiento nº 1      
      Horario: de 09:00 de la mañana a 13:30  de la tarde, de lunes a viernes
    • En los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Personas jurídicas: tendrán que presentar los documentos ÚNICAMENTE de manera telemática:

  • Telemáticamente
    • Pulsando el botón “Nueva instancia” situado al final de esta página, para iniciar el trámite.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Si el/la solicitante es una persona jurídica:
    • escritura constitutiva o documento análogo de la entidad.
  • Si se solicita en nombre de otra persona física o jurídica:
    • documento acreditativo de la representación, si procede, mediante documento notarial o apud acta ante el personal funcionario calificado de la administración.
       
  • Memoria explicativa de la obra o Proyecto según el Plan General de Catarroja con identificación clara del emplazamiento.
  • Presupuesto detallado de la obra.
  • Cuando se trate de distribución interior de inmuebles (sin modificación de uso), se acompañará de Memoria detallada, Presupuesto detallado y Plano distribución, de cotas y de superficies del estado actual y del estado modificado subscritos por personal técnico competente que acredito el cumplimiento de la normativa vigente.
  • Cuando se trate de instalaciones solares para autoconsumo en edificaciones privadas existentes en Suelo Urbà (siempre que las actuaciones no se realizan sobre edificios, inmuebles y ámbitos patrimonialmente protegidos o catalogados), se aportará  la siguiente documentación:
    • Proyecto técnico firmado por personal técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente, con informe emitido por el personal redactor que acredito el cumplimiento de la normativa exigible y justifico la adecuación de la instalación a las normas generales del plan general municipal.
    • Certificación de la capacidad portante de la estructura, donde se acredite que el edificio resiste la sobrecarga que se deriva de la instalación de los paneles.
    • Nombramiento de dirección de obra.
    • Autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea o justificación de su innecesariedad.
    • Compromís de aportación, una vez acabada la instalación y antes de su puesta en servicio,  de certificado final de obra firmado y visado por el colegio oficial correspondiente.
       
  • Justificando de la pago de la autoliquidación del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
  • Justificando de la pago de la autoliquidación de la Tasa por Licencia Urbanística.

(Ambas autoliquidaciones junto con sus respectivos justificantes de ingreso se presentarán con la instancia de solicitud de declaración responsable y el resto de la documentación que corresponda, aplicándose el 2,4% en el ICIO y el 1,5 en la TAU sobre el presupuesto de ejecución material de la obra a ejecutar en cuestión, las cuales, que de no llevarse a cabo, se liquidarán a través de Resolución de Alcaldía).

Si la obra requiriese de ocupación de la vía pública con material de construcción, se comunicará a través del modelo de Ocupación de vía pública(2 bis) indicándose, el lugar o lugares donde se colocarán las mismas y días estimados de ocupación. Que, una vez colocadas, un técnico municipal asistirá al lugar en que se encuentren para comprobar los m² ocupados. Cuando se proceda a la retirada de los materiales de obra en cuestión, se presentará en dicha fecha, el modelo comunicación cese/variación ocupación de vía pública (3) para que la entidad pueda proceder a elevar mediante Resolución de Alcaldía la liquidación de la tasa por ocupación de vía pública.

NORMATIVA

•                    Normas subsidiarias de Emperador 

•                    Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consejo de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo.

•                    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

•                    Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por actuaciones urbanísticas

•                    Ordenanza fiscal reguladora del impuesto construcciones, instalaciones y obras (ICIO)

En el supuesto de ocupación del vial público con materiales de obra, tener en cuenta la siguiente Ordenanza Fiscal: Ordenanza fiscal por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE EMPERADOR - P4611900D
 Plaça de l'Ajuntament 1
46135 Emperador (Valencia)
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