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Solicitud autorización de ocupación de la vía pública por mudanza

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Solicitud autorización de ocupación de la vía pública por mudanza

FORMAS DE PRESENTACIÓN

Personas físicas: pueden elegir entre presentación telemática o presencial:

  • Telemáticamente
    • Pulsando el botón “Nueva instancia” situado al final de esta página, para iniciar el trámite.
  • Presencial
    • En el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Emperador , situado en la Plaza del Ayuntamiento nº1      
      Horario: de 09:00 de la mañana a 13:30 de la tarde, de lunes a viernes
    • En los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Personas jurídicas: tendrán que presentar los documentos ÚNICAMENTE de manera telemática:

  • Telemáticamente
    • Pulsando el botón “Nueva instancia” situado al final de esta página, para iniciar el trámite.

RESOLUCIÓN

  • Órgano que resuelve
    • Seguridad Ciudadana
  • Plazo resolución
    • 5 días

SILENCIO

  • Negativo
    • Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Plano de emplazamiento.

En caso de utilización de máquina elevadora:

  • DNI/NIE del conductor/a de la máquina elevadora.
  • Ficha técnica de la máquina elevadora.
  • Seguro de Responsabilidad Civil.

NORMATIVA

•                    Ley 18/1989, de 25 de julio, de Bases sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial.

•                    Texto articulado del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Observaciones

  • Plazo de presentación de la solicitud para la autorización de ocupación de la vía pública para mudanza deberá presentarse con 5 días naturales antes del día de la mudanza. En caso de incumplimiento de dicho plazo se inadmitirá la solicitud a trámite.
  • La señalización se realizará por el interesado con una antelación mínima de 48h.
  • Previamente, el interesado deberá personarse en las dependencias del Ayuntamiento para recoger las leyendas necesarias para la señalización. En caso de utilización fraudulenta de la misma se considerará como delito de falsedad en documento público, tipificado en el art. 390 del Código Penal.
  • La OVP tendrá que realizarse conforme a la solicitud, en caso contrario se podrá levantar la correspondiente acta por infracción.
  • El interesado será quien se responsabilice de la retirada de la señalización.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE EMPERADOR - P4611900D
 Plaça de l'Ajuntament 1
46135 Emperador (Valencia)
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